La CNMC de España recomienda la reutilización de RAEE y los mercados de bienes de segunda mano
Informe sobre el Proyecto de Real Decreto
La CNMC recomienda al
Gobierno favorecer la reutilización y los mercados de segunda mano de aparatos
eléctricos
La Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia (CNMC) ha señalado al Gobierno algunas observaciones
que debería reconsiderar sobre el Proyecto de Real Decreto sobre los aparatos
eléctricos y electrónicos y sus residuos, y favorecer la reutilización de los
mismos con la existencia de mercados de bienes de segunda mano.
Así consta en un informe de
la CNMC en el que se realizan varias consideraciones al proyecto de Real
Decreto al que valora como "positivo" en términos generales, pero en
el que realiza algunas recomendaciones de cara a asegurar un funcionamiento
"eficiente" respecto a los procedimientos de gestión, trazabilidad y
contabilización de los residuos de estos dispositivos.
En concreto, la CNMC
considera que en coherencia con la Directiva, el Real Decreto tendría que
redactar los artículos dedicados a los usuarios de estos aparatos de forma que
la responsabilidad de estos incluya la obligación de destinar los aparatos
usados, si están en buenas condiciones, a un segundo uso favoreciendo de esta
forma la existencia de mercados de bienes de segunda mano reutilizables.
El Proyecto de Real Decreto
incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva sobre residuos y
aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) e incluye las novedades de la Ley de
2011 sobre residuos y suelos contaminados. El objetivo de la norma es
contribuir a la producción y consumo sostenibles mediante la prevención de la
generación de residuos y el fomento de técnicas de tratamiento como la
preparación para la reutilización.
Aunque la CNMC valora el
proyecto de Real Decreto de forma "positiva", entre sus
recomendaciones señala que el texto vincula las obligaciones de financiación de
cada productor de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) a sus cuotas de
mercado. Estas cuotas se aplican a los sistemas individuales o colectivos de
responsabilidad.
Sin embargo, el informe
considera que la referencia al cálculo de cuotas de mercado presenta
potenciales problemas de coordinación con las posibles solicitudes de
información por parte de la CNMC encaminadas a determinar cuotas de mercado en
el análisis de operaciones de concentración.
Además, estima que la
atribución a una comisión de coordinación en materia de residuos la
responsabilidad de evaluar si un sistema colectivo respeta suficientemente la
competencia o no, presenta "serios problemas de inadecuación" a la
Ley 3/2013 de 4 de junio, de creación de la CNMC, por cuanto ésta señala que la
propia CNMC tiene entre sus funciones la supervisión y control de todos los
mercados y sectores económicos.
"CONFIANZA
LEGÍTIMA"
En este sentido, añade que
cualquier pronunciamiento de la CNMC al respecto a través del informe
consultivo contemplado, podría crear un "problema de confianza
legítima" respecto a futuras actuaciones de la comisión en el ejercicio de
sus funciones de persecución de conductas anticompetitivas.
Igualmente advierte de que
existe un riesgo "claro" de solapamiento de funciones entre el Centro
de Coordinación y la propia CNMC, dado que se le atribuye al primero la
coordinación de las obligaciones de la responsabilidad ampliada de los
productores de aparatos eléctricos y electrónicos "garantizando el
adecuado funcionamiento de la competencia entre los agentes económicos".
Por otro lado, en relación
con la posibilidad de que las entidades locales encarguen directamente a los
gestores autorizados la gestión de los residuos recogidos en sus instalaciones,
el informe cree que "sería recomendable" valorar las implicaciones
que una decisión de este tipo puede conllevar en relación con la competencia
efectiva y, en la medida de lo posible, acudir a una licitación pública abierta
a la concurrencia de todos los potenciales operadores interesados.
El proyecto contempla que
las Administraciones públicas competentes establezcan reservas de mercado a las
entidades de economía social, en referencia a la actividad de preparar la
reutilización de productos. A su juicio, se debería valorar y justificar la
existencia de un interés social que prevalezca sobre el posible interés por
parte de otros operadores en el mercado de preparación para la reutilización de
este tipo de aparatos, así como los perjuicios para la competencia que podría
conllevar una decisión de este tipo.
En relación con los
sistemas colectivos de responsabilidad ampliada de los productores, el informe
apunta que es "necesario" señalar que las empresas obligadas que se
asocien para crear un sistema de recogida deberían establecer condiciones de
adhesión transparentes y objetivas, concluir con éste acuerdos de duración
limitada y permitir, en principio, el acceso de terceros a su infraestructura.
En cualquier caso, estima
que el intercambio de información que pudiera producirse entre los diferentes
integrantes del sistema debe garantizar que no pueda producirse un aumento del
riesgo de colusión entre los operadores.
En definitiva, el informe
del organismo regulador de la competencia ha detectado que se deberían mejorar
en la propuesta normativa los elementos de cálculo de cuotas del productor; la
consulta a la CNMC de forma previa a la autorización de sistemas colectivos que
superen el 30% de la cuota de mercado estatal en una categoría o subcategoría;
las funciones del centro de coordinación; las responsabilidades de los
distintos operadores; la encomienda de gestión de RAEE recogidos por entidades
locales; las cláusulas sociales de reserva de mercado en licitaciones públicas;
los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada de los productores; el
ámbito de aplicación, que debería tener un enfoque "más claro y
ambicioso" y, por último, la diversidad de registros y funciones asignadas
al Centro de Coordinación de RAEE.
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