El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sanciona la ley de Gestión Ambiental de Pilas en Desuso
Artículo 1°.- Objeto y Finalidad. La presente ley tiene por objeto garantizar la Gestión Ambiental de Pilas en Desuso, considerándolas como Residuos Sólidos Urbanos Sujetos a Manejo Especial, en concordancia con la Ley 1854 - (Texto consolidado por Ley 5666) de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y sus normas complementarias. Se entiende por Residuos Sólidos Urbanos Sujetos a Manejo Especial, aquellos que por su tamaño, volumen, cantidad y/o sus potenciales características de peligrosidad, nocividad o toxicidad, deben sujetarse a un Plan de Gestión Ambiental diferenciado del resto de los Residuos Sólidos Urbanos. Artículo 2°.- Elementos alcanzados. Están alcanzadas por la presente las pilas de uso común, entendidas como toda pila o acumulador portátil cuya geometría es asimilable a las definiciones ANSI (American National Standards Institute) cilíndricas AA, AAA, AAAA, C, D, N, prismáticas 9V, y pilas botón; que se encuentran disponibles para su compra minori...